Datos de la publicación: vol. 2 Issue: no. 22 Pages: 61-95
DOI: 10.5354/0719-4633.2024.75486
Resumen: Fruto de la reforma al Código de Aguas, por medio de la Ley 21.435 de 2022, se han alterado los presupuestos originales que sustentaban la lógica de mercado al que se sometían las reglas de asignación y reasignación del recurso hídrico. En la actualidad, la legislación sectorial adopta un nuevo enfoque en el que convive la priorización del uso de las aguas para el consumo humano y el saneamiento, en conjunto con la protección de los servicios ecosistémicos que prestan. Ambas instituciones alteran significativamente el mercado de derechos de aprovechamiento, el que se asentaba en la asignación eficiente del recurso. Veremos cómo, con la introducción de la función de preservación ecosistémica, se ha producido una ambientalización de la legislación, lo que ha repercutido en la finalidad de la publificación de las aguas. De este modo, se analizarán los contornos de la preservación ecosistémica, su relación con la seguridad hídrica, sus fundamentos y las herramientas a través de las cuales se produce la ambientalización de la legislación de aguas para concluir de qué forma los motivos que justifican la publificación del recurso, en la actualidad, se vierten en un uso eficiente y equitativo de aquellas.